La Corte Constitucional defiende a los adultos mayores sin hogar: ¡es hora de actuar!

La Corte Constitucional de Colombia ordena la protección y asistencia social integral para adultos mayores en situación de vulnerabilidad tras el caso de Manuela y Francisco, quienes enfrentan precariedad tras ser estafados. La sentencia resalta el derecho a la información sobre recursos disponibles y la necesidad de que la administración distrital actúe con equidad.

La decisión reafirma el derecho a la protección social para los ancianos vulnerables, garantizando acceso a subsidios y cuidados esenciales, y exige a la administración distrital que informe sobre los recursos disponibles.

Los adultos mayores en situación de vulnerabilidad y habitanza de calle, por no contar con los medios para satisfacer sus necesidades básicas, son sujetos de especial protección: Corte Constitucional

La Corte Constitucional de Colombia ha dictado una sentencia que protege a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad y habitancia de calle, enfatizando su derecho a la atención integral. La decisión surge tras el caso de Manuela y Francisco, quienes enfrentan precariedad tras ser víctimas de una estafa.

En una reciente sentencia, la Corte Constitucional subrayó que los adultos mayores en situación de vulnerabilidad, como aquellos que no pueden satisfacer sus necesidades básicas, deben recibir protección y asistencia social. Este fallo se origina en la tutela presentada por Manuela, de 90 años, y su hijo Francisco, de 70, quienes se encontraron desalojados y en condiciones de precariedad tras ser estafados.

A pesar de recibir 260.000 pesos mensuales del Servicio de Apoyos Económicos para Personas Mayores de la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá (SDIS), Manuela y Francisco denunciaron que su nivel de Sisbén no refleja su situación real. La Corte, al fallar a su favor, indicó que “los adultos mayores que se encuentran en situación de vulnerabilidad son sujetos de especial protección constitucional”.

La Corte también señaló que, aunque el derecho a la protección social es fundamental, la implementación de políticas públicas enfrenta desafíos por la escasez de recursos. Subrayó la importancia de que la administración distrital actúe bajo principios de debido proceso e igualdad.

En el caso de Manuela y Francisco, la Corte criticó la falta de respuesta de las autoridades locales, que no informaron a los accionantes sobre los servicios y beneficios disponibles para satisfacer sus necesidades. Como resultado, ordenó a la Secretaría Distrital de Integración Social de Bogotá que proporcione información clara sobre los programas de asistencia y brinde apoyo en la gestión de los trámites necesarios.

Detalles de fondo:

La Corte Constitucional ha reiterado en varias ocasiones que los adultos mayores, especialmente aquellos que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad, tienen derecho a un sistema integral que garantice subsidios, asistencia social, y cuidados básicos. Este fallo se produce en un contexto donde la pobreza y la falta de recursos continúan siendo desafíos importantes en la política social del país.

“La protección y asistencia social integral son derechos fundamentales de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad”, afirmó la Sala Séptima de Revisión en su decisión. “Es inaceptable que, a pesar de las reiteradas solicitudes, las autoridades no hayan informado a los ciudadanos sobre sus derechos y recursos disponibles”.

La decisión de la Corte Constitucional representa un paso importante hacia el reconocimiento de los derechos de los adultos mayores vulnerables en Colombia. A medida que la administración distrital toma medidas para cumplir con esta orden, se espera que más personas en situaciones similares puedan acceder a la asistencia que necesitan.


Información adicional:

La Sentencia T-308 de 2024, emitida por la Corte Constitucional, puede ser consultada en su totalidad a través del enlace proporcionado en el comunicado oficial.

⚪ Glosario jurídico:

El derecho a la protección o asistencia social integral de los adultos mayores en situación de vulnerabilidad: no está consagrado de forma expresa en la Constitución. Sin embargo, el Legislador (Leyes 1251 de 2008 y 1315 de 2009) y la Corte Constitucional han reconocido su existencia como derecho fundamental autónomo.

El Sistema de Identificación y Selección de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales: el Sisbén es un “instrumento de la política social, para la focalización del gasto social, el cual utiliza herramientas estadísticas y técnicas que permiten identificar y ordenar a la población, para la selección y asignación de subsidios y beneficios por parte de las entidades y programas con base en las condiciones socioeconómicas en él registradas”.

A continuación puedes leer el boletín oficial o descargarlo en PDF

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