La Corte determinó que el cómputo de la caducidad para demandas de reparación directa debe considerar la perspectiva constitucional, asegurando que no se obstaculice el acceso a la justicia, especialmente en casos de daños que solo se revelan con el tiempo. La Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional […]
Debe estar conectado para enviar un comentario.