La Corte ordena a la Registraduría iniciar el trámite de inscripción extemporánea de una mujer venezolana, tras la negativa de su solicitud por la falta de validación de testigos y documentos deteriorados.
En una reciente decisión, la Corte Constitucional de Colombia amparó los derechos de una mujer venezolana que solicitaba su registro civil de nacimiento en el país, tras ser rechazada por la Registraduría. La Sala Quinta de Revisión subrayó la importancia de la nacionalidad y el debido proceso administrativo.
La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional falló a favor de una mujer de nacionalidad venezolana, quien había solicitado su inscripción extemporánea en el registro civil de nacimiento en Colombia. La mujer argumentó que es hija de una madre colombiana fallecida y se acercó varias veces a la Registraduría Municipal de San Cristóbal, Bolívar, para formalizar su solicitud.
A pesar de presentar la partida de bautizo de su madre, deteriorada por el tiempo, la Registraduría rechazó su petición, argumentando que debía presentar el registro de defunción de su progenitora. La accionante, acompañada por dos testigos que podían confirmar su maternidad, se vio impedida de continuar con el trámite, lo que motivó su apelación ante la Corte.
La Corte analizó el caso y reiteró que la nacionalidad colombiana puede adquirirse por nacimiento bajo ciertas condiciones. En este contexto, determinó que, aunque la mujer presentó una partida de nacimiento ilegible, tanto la norma aplicable como la jurisprudencia permitían el testimonio de testigos en ausencia del registro civil.
La Corte consideró que la Registraduría vulneró los derechos fundamentales de la accionante al imponer requisitos adicionales no estipulados por la ley, lo que constituyó una barrera administrativa injustificada. Por lo tanto, se ordenó a la Registraduría iniciar el proceso de inscripción extemporánea de su nacimiento.
Detalles de fondo:
Este fallo de la Corte es un recordatorio de la importancia de garantizar los derechos de las personas migrantes y su acceso a la nacionalidad en Colombia. La sentencia T-309 de 2024 establece un precedente significativo en la protección de los derechos de aquellos que enfrentan barreras administrativas en el reconocimiento de su identidad.
El magistrado ponente, Jorge Enrique Ibáñez Najar, destacó la relevancia de asegurar que “ninguna persona quede excluida del reconocimiento de su nacionalidad por requisitos burocráticos que no estén respaldados por la ley”.
La decisión de la Corte Constitucional es un avance importante en la defensa de los derechos de los migrantes en Colombia. A medida que el país enfrenta desafíos relacionados con la migración, es crucial que las instituciones garanticen el acceso a la nacionalidad y el debido proceso administrativo para todos.
Información adicional:
Para más detalles sobre la decisión, consulte la sentencia completa en el sitio web de la Corte Constitucional.
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