Nelson Aníbal Velásquez Díaz, conocido cantante de música vallenata, recibe una sentencia de cuatro años de prisión y una multa por interpretar canciones sin autorización. La condena se basa en la violación de derechos patrimoniales de autor de una agrupación musical.
Un juez penal de Medellín ha condenado al renombrado cantante vallenato Nelson Aníbal Velásquez Díaz a cuatro años de prisión por violación de derechos de autor. La sentencia, emitida el 28 de agosto de 2024, se basa en la interpretación no autorizada de varias canciones pertenecientes a una agrupación musical de la cual Velásquez fue miembro entre 2012 y 2018. Además de la pena de cárcel, el artista deberá pagar una multa de más de 20 millones de pesos colombianos y cumplir con un período de prueba de 48 meses.
Nelson Aníbal Velásquez Díaz ha sido hallado culpable de utilizar sin permiso canciones de una agrupación musical a la que perteneció durante su carrera. La condena se fundamenta en pruebas presentadas por la Fiscalía General de la Nación, que demostraron que el cantante, durante el periodo mencionado, interpretó dichas canciones en sus presentaciones solistas sin contar con la debida autorización.
El juez de la causa impuso una pena de cuatro años de prisión a Velásquez Díaz, con la posibilidad de suspensión condicional de la pena, bajo la condición de que el artista pague una caución equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. Además, se le impuso una multa de 26 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que asciende a aproximadamente 20’800.000 pesos colombianos.
El fallo de primera instancia también estableció un período de prueba de 48 meses para Velásquez, en el cual deberá cumplir con las condiciones fijadas por la justicia. La decisión puede ser apelada, y contra ella proceden los recursos de ley.
Detalles de fondo: La violación de derechos de autor es un tema de gran relevancia en la industria musical, ya que protege la propiedad intelectual de los creadores de obras. En este caso, Velásquez Díaz, reconocido por su contribución al vallenato, ha enfrentado serias repercusiones legales por su actuación no autorizada. La sentencia resalta la importancia de respetar los derechos patrimoniales de autor y establecer claros mecanismos de autorización en la interpretación de obras musicales.
“Es fundamental que los artistas respeten los derechos de autor para garantizar un entorno justo para todos los creadores,” comentó un representante de la Fiscalía General de la Nación.
“El fallo subraya el compromiso de la justicia con la protección de la propiedad intelectual y el cumplimiento de la ley en el ámbito artístico,” señaló el abogado defensor del artista.
La condena a Nelson Aníbal Velásquez Díaz por violación de derechos de autor marca un punto importante en la protección de la propiedad intelectual en la música vallenata. La sentencia, que incluye prisión y una significativa multa, refleja el compromiso de las autoridades con la justicia en casos de infracción de derechos patrimoniales. El artista tiene la opción de apelar, y el caso podría tener repercusiones en la forma en que se manejan los derechos de autor en el futuro.
Información adicional:
Para más detalles sobre el caso y la sentencia, se pueden consultar los documentos oficiales en la página del juzgado de Medellín. La decisión completa y las posibles apelaciones estarán disponibles para el público en los próximos días.
CONDENADO EL CANTANTE VALLENATO NELSON VELÁSQUEZ POR VIOLACIÓN A LOS DERECHOS DE AUTOR
En juicio se demostró que interpretó sin autorización canciones de una agrupación musical a la que perteneció.
Medellín (Antioquia), 28 de agosto de 2024.
En atención a las pruebas y argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, un juez penal de conocimiento de Medellín (Antioquia) condenó a cuatro años de prisión al cantante de música vallenata Nelson Aníbal Velásquez Díaz, por el delito de violación a los derechos patrimoniales de autor y derechos conexos.
De acuerdo con la investigación, entre 2012 y 2018, el artista interpretó, como solista y sin la debida autorización, varias canciones de una agrupación musical de la cual hizo parte durante varios años.
En ese sentido, el fallo de primera instancia también le impuso a Velásquez Díaz una multa equivalente a 26 salarios mínimos legales mensuales vigentes, algo más de 20’800.000 pesos. Además, le concedió la suspensión condicional de la pena y estableció un período de prueba de 48 meses, previo el pago de una caución de un salario mínimo legal mensual vigente.
Contra esta decisión proceden los recursos de ley.