En una histórica decisión, la Corte establece medidas clave para proteger a las víctimas de violencia intrafamiliar vinculadas al conflicto armado, asegurando su inclusión en el registro de víctimas.
El 15 de noviembre de 2024, la Corte Constitucional de Colombia determinó que, bajo ciertas circunstancias, la violencia intrafamiliar puede ser considerada un hecho victimizante del conflicto armado. La sentencia, que responde a la tutela de una mujer víctima de tentativa de feminicidio, plantea nuevas directrices para proteger a las personas afectadas por este tipo de violencia.
El 15 de noviembre de 2024, la Corte Constitucional de Colombia emitió una trascendental sentencia que reconoce la violencia intrafamiliar como un hecho victimizante en el contexto del conflicto armado. Esta decisión histórica surge de la tutela interpuesta por una mujer que fue víctima de una tentativa de feminicidio perpetrada por su expareja, quien supuestamente formaba parte de un grupo armado ilegal.
La Corte determinó que en ciertos casos, la violencia intrafamiliar puede ser considerada un acto relacionado con el conflicto armado, lo que otorga a las víctimas la misma protección que a aquellos que sufren los efectos directos del conflicto. Para ello, la Corte definió cinco criterios para evaluar cuándo un acto de violencia intrafamiliar se considera parte del conflicto armado:
- El agresor pertenece a un grupo armado.
- El acto de violencia se realiza con armamento o medios de guerra.
- La agresión está mediada por ideologías o discursos del grupo armado.
- La violencia supera la gravedad de la que ocurriría en un contexto no bélico.
- Existe una convicción de que el agresor tiene el respaldo del grupo armado.
En este caso particular, la mujer y sus hijos fueron víctimas de violencia física y desplazamiento forzado. Tras el ataque, la mujer perdió la visión de uno de sus ojos y se vio obligada a trasladarse a otro departamento para garantizar su seguridad y la de sus hijos.
La Corte, al estudiar el caso, concluyó que las autoridades que atendieron la situación no aplicaron adecuadamente un enfoque de género y no tomaron medidas suficientes para proteger a la víctima. Además, se determinó que las autoridades no cumplieron con sus deberes de garantizar los derechos a una vida libre de violencia, a la justicia y a la salud de la mujer y su familia.
En consecuencia, se ordenaron una serie de medidas estructurales, como la inscripción de la mujer y sus hijos en el Registro Único de Víctimas, y la implementación de protocolos específicos para atender a víctimas de violencia intrafamiliar en el marco del conflicto armado. También se requirió la creación de una ruta especial de atención para personas que sufren violencia basada en género y que tienen como agresores a miembros de grupos armados.
Contexto Adicional:
La violencia intrafamiliar en Colombia ha sido un tema de creciente atención en el contexto del conflicto armado. A menudo, las mujeres y los niños se ven atrapados en situaciones de violencia que no solo afectan su bienestar físico y emocional, sino que también los colocan en una posición de vulnerabilidad dentro de un conflicto armado extendido y violento. Esta sentencia representa un avance significativo para la protección de las víctimas y establece un precedente legal para futuras acciones de justicia y reparación.
Con la sentencia T-434 de 2024, la Corte Constitucional no solo reconoce la violencia intrafamiliar como un hecho vinculado al conflicto armado, sino que también establece medidas cruciales para garantizar la protección, reparación y justicia para las víctimas de estos actos. La implementación de protocolos y enfoques de género asegura que las víctimas reciban una atención integral y adecuada.
Información Adicional
Este caso pone de manifiesto la importancia de aplicar un enfoque interseccional al tratar con víctimas de violencia intrafamiliar, especialmente cuando el agresor pertenece a un grupo armado. Las autoridades ahora tienen la responsabilidad de crear una ruta de atención efectiva y de fortalecer las comisarías de familia en zonas conflictivas.
¿Qué opinas sobre esta decisión de la Corte Constitucional? ¿Crees que esta medida será efectiva para proteger a las víctimas de violencia intrafamiliar en el contexto del conflicto armado? Déjanos tus comentarios y comparte tu opinión.
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