Durante una audiencia pública en la Corte Constitucional, el gerente de la Industria Licorera de Caldas y el gobernador Henry Gutiérrez Ángel abogaron por la inconstitucionalidad del artículo 28 de la Ley 1816 de 2016. Argumentaron que esta norma limita la libertad de elección de los consumidores y afecta la economía de los departamentos al restringir la comercialización del aguardiente.

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