La Secretaría de Movilidad realiza operativos para asegurar que los vehículos de transporte escolar cumplan con las normativas vigentes.
La Alcaldía de Manizales, a través de la Secretaría de Movilidad, refuerza los controles al transporte escolar para proteger la seguridad de los menores. La reciente jornada incluyó revisiones de vehículos, documentos y socialización de nuevas leyes sobre cinturones de seguridad.
En un esfuerzo por garantizar la seguridad de los niños y jóvenes que utilizan el servicio de transporte escolar, la Secretaría de Movilidad de Manizales realizó un operativo para verificar el cumplimiento de las normativas legales. La jornada estuvo centrada en la implementación de la Ley 2393 del 26 de julio de 2024, que establece el uso obligatorio de cinturones de seguridad de tres puntos para cada ocupante de los vehículos destinados al transporte escolar, tanto en zonas urbanas como rurales.
La ley subraya que todos los vehículos de transporte escolar deben contar con estos cinturones de seguridad y que el adulto acompañante debe verificar su uso durante todo el recorrido. «Ningún estudiante podrá transportarse en vehículos que no cumplan con estas condiciones de seguridad», señala el artículo 2.2.1.6.10.3 del Decreto 1079 de 2015.
Verificación Integral del Transporte Escolar
En la jornada, además de la socialización de la nueva legislación, también se revisaron diversos documentos esenciales para el correcto funcionamiento del transporte escolar. Se verificaron las pólizas de seguro contractual, los certificados de operación, y la adecuación de los vehículos. Especial atención se prestó al estado de las llantas, los colores reglamentarios, y la presencia de un adulto acompañante capacitado en primeros auxilios y con conocimientos mecánicos del vehículo.
La Secretaría de Movilidad también verificó que los vehículos tuvieran medios de comunicación efectivos para garantizar contacto directo con las empresas operadoras y los padres en caso de emergencia.
Juan Felipe Álvarez Castro, Secretario de Movilidad de Manizales, destacó: «Queremos garantizar que nuestros niños viajen en condiciones óptimas de seguridad y que los transportadores cumplan con los más altos estándares.»
Plazo de Adaptación y Consecuencias por Incumplimiento
La Ley 2393 otorga un plazo de un año para que los transportadores adapten sus vehículos a las nuevas disposiciones. En caso de incumplimiento, se prevén sanciones que incluyen multas, así como la suspensión temporal o definitiva de la licencia de conducción.
Este proceso está siendo supervisado por el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte, que lideran la vigilancia y el control de la normativa a nivel nacional.
Compromiso de la Alcaldía con la Seguridad Vial
La Alcaldía de Manizales reafirma su compromiso con la seguridad vial y el bienestar de los menores. Las medidas implementadas buscan no solo garantizar el cumplimiento de las leyes, sino también crear una cultura de seguridad vial que involucre a padres, educadores y sociedad en general.
Consejos para Padres de Familia y Cuidadores
Antes de contratar el servicio de transporte escolar, se recomienda que los padres y las instituciones educativas verifiquen ciertos puntos clave para asegurar la calidad del servicio:
- Verificar que la empresa de transporte esté habilitada para prestar el servicio. Esto puede consultarse en el portal del Ministerio de Transporte.
- Revisar que las placas de los vehículos y los recorridos correspondan con los establecidos en el contrato.
- Asegurarse de que los vehículos cuenten con seguro, tarjeta de operación vigente y los certificados correspondientes.
También es importante que los vehículos cuenten con etiquetas visibles que indiquen que son transporte escolar y que las licencias de conducción y la revisión técnico-mecánica estén al día.
El esfuerzo conjunto entre la Secretaría de Movilidad de Manizales y los actores responsables del transporte escolar es clave para crear entornos de movilidad seguros para los más jóvenes. La implementación de nuevas leyes y medidas de control se suma a las acciones continuas que busca proteger la vida y el bienestar de nuestros niños y niñas.
Información Adicional
¿Sabías que…?
El uso adecuado del cinturón de seguridad en los vehículos es una de las medidas más efectivas para reducir las lesiones graves en accidentes. Con la nueva normativa, los niños y jóvenes estarán más protegidos durante sus trayectos al colegio.
¿Qué opinas sobre las nuevas normativas para el transporte escolar? ¿Crees que es suficiente o deben tomarse más medidas para proteger a nuestros niños? ¡Déjanos tu comentario y comparte tu opinión!
Consejos para padres de familia y cuidadores:
Se recomienda que antes de contratar el servicio de transporte escolar los centros educativos, las asociaciones de padres, los grupos de padres y/o las secretarías de educación, verifiquen que:
- La empresa de transporte se encuentre debidamente habilitada para prestar el servicio de transporte especial. Para ello, podrán verificar la legalidad en el link: http://web.mintransporte.gov.co/Consultas/empresas/consulta_empresas_otras. asp.
Su consulta debe arrojar como resultado estado H (habilitada) en la modalidad especial. Asegúrese de incluir el Nit de la empresa sin guiones o espacios. - En el contrato se especifiquen las placas de los vehículos con los que se prestará el servicio, así como los recorridos y paradas.
- Que la firma del contrato sea con el representante legal de la empresa habilitada.
Asimismo, durante la prestación del servicio de transporte escolar verificar que:
* La ruta escolar lleve la leyenda “escolar” en las partes delantera, trasera y laterales. La delantera debe ser invertida para que pueda ser leída por otros vehículos a través de los espejos retrovisores. Artículo 2.2.1.6.10.3 del Decreto 1079 de 2015.
* Las placas de los vehículos que presten el servicio de transporte escolar, así como los recorridos y paradas, efectivamente correspondan con las establecidas previamente en el contrato. Artículos 2.2.1.6.10.3 y 2.2.1.6.10.4 del Decreto 1079 de 2015.
* Los vehículos cuenten con tarjeta de operación vigente y con pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual. Artículos 2.2.1.6.9.10 y 2.2.1.6.5.1 del Decreto 1079 de 2015.
* Las licencias de conducción de los conductores de la ruta se encuentren vigentes. Artículo 34 de la Ley 336 de 1996 y Artículo 18 de la Ley 769 de 2002.
* Los vehículos cuenten con revisión técnico-mecánica vigente. Artículos 50 y 51 de la Ley 769 de 2002, modificado por los Artículos 10 y 11 de la Ley 1383 de 2010.
* El vehículo cuente con dos puertas no accionables por los escolares y con salidas de emergencia operables.
Alcaldía de Manizales refuerza controles al transporte escolar para velar por la seguridad de los menores
- Socialización con los conductores de la Ley que obliga al uso de cinturón de seguridad para los menores transportados, así como el acompañamiento de un adulto.
- También revisaron documentos como pólizas de seguro contractual, certificados de operación y la adecuación de los vehículos, en verificación técnica de el estado de las llantas, los colores y reglamentarios del transporte escolar.