Atención Contribuyentes: Plazos para Beneficios Tributarios en el Impuesto Predial Unificado 2025 se Acercan

Los contribuyentes de Manizales tienen plazo hasta el 15 de septiembre para radicar solicitudes para los beneficios tributarios del Impuesto Predial Unificado 2025. Estos beneficios incluyen exoneraciones para ciertos predios y programas culturales y sociales. Para más detalles, consulte el portal tributario y redes sociales de la Secretaría de Hacienda.

Los plazos para solicitar beneficios tributarios en el Impuesto Predial Unificado 2025 finalizan el 15 de septiembre. Conozca los requisitos y cómo acceder a estos incentivos a través del portal tributario y redes sociales de la Secretaría de Hacienda de Manizales.

Esté atento a los plazos para acceder a beneficios tributarios en el Impuesto Predial Unificado del 2025

La Alcaldía de Manizales informa que los contribuyentes tienen hasta el 15 de septiembre de 2024 para presentar solicitudes para acceder a beneficios tributarios en el Impuesto Predial Unificado de 2025. Estos beneficios incluyen incentivos para bienes de interés cultural, conservación ambiental, y programas sociales y culturales. La Secretaría de Hacienda de Manizales invita a los ciudadanos a consultar los requisitos a través del portal tributario y sus redes sociales.

Los beneficios tributarios aplicables para el año 2025 están orientados a diversos sectores, incluyendo estratos bajos, economía, conservación ambiental, bienes de interés cultural (BIC), embellecimiento de fachadas y programas sociales y culturales. Para acceder a estos beneficios, los contribuyentes deben cumplir con varios requisitos.

Natalia Díaz Jurado, secretaria de Hacienda de Manizales, recordó la importancia de cumplir con los plazos y requisitos: “Invitamos a los contribuyentes de Manizales a acogerse a los beneficios tributarios para 2025. Es crucial estar al día con el pago de todos los impuestos municipales y radicar la solicitud antes del 15 de septiembre. Consulten el portal tributario Impuestos Manizales y nuestras redes sociales para obtener más información.”

Para acceder a los beneficios, los contribuyentes deben:

  1. Estar al día con el pago de todos los impuestos municipales.
  2. Radicar la solicitud antes del 15 de septiembre.
  3. Presentar la documentación requerida conforme al Acuerdo 1108 de 2021 y los Decretos reglamentarios 169 de 2022 y 143 de 2023.

Además, los predios urbanos de estratos 1, 2 y 3 con un avalúo igual o menor a 63 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) ($63.000.000) están exonerados del pago del impuesto sin necesidad de solicitud. Esta exoneración también aplica a predios rurales destinados a vivienda con avalúos iguales o menores a 63 SMMLV.

Detalles de fondo: El Acuerdo 1108 de 2021 y los Decretos reglamentarios 169 de 2022 y 143 de 2023 establecen los lineamientos para los beneficios tributarios en Manizales. Estos beneficios están diseñados para apoyar a sectores vulnerables, fomentar el desarrollo económico y cultural, y promover la conservación ambiental.

Natalia Díaz Jurado, Secretaria de Hacienda de Manizales: “Es esencial que los contribuyentes estén al tanto de los plazos y requisitos para aprovechar los beneficios tributarios. La radicación oportuna de las solicitudes es clave para acceder a estos incentivos.”

La secretaria de Hacienda de Manizales, Natalia Díaz Jurado.

Los contribuyentes de Manizales tienen hasta el 15 de septiembre para presentar sus solicitudes para los beneficios tributarios del Impuesto Predial Unificado de 2025. Cumplir con los requisitos y plazos establecidos es fundamental para aprovechar las exoneraciones y descuentos disponibles. Para más información, visite el portal tributario y las redes sociales de la Secretaría de Hacienda.


Información adicional: Para consultar las fechas y plazos para la radicación de solicitudes, visite el siguiente enlace: Fechas de Solicitudes para Beneficios Tributarios 2025.

Para acceder a los beneficios, los contribuyentes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar al día con el pago de todos los impuestos municipales.
  • Radicar la solicitud antes del plazo establecido.
  • Presentar los documentos requeridos según el tipo de beneficio, conforme al Acuerdo 1108 de 2021 y los Decretos reglamentarios 169 de 2022 y 143 de 2023.
  • Además, los predios urbanos de estratos 1, 2 y 3, cuyo avalúo sea igual o menor a 63 SMMLV ($63.000.000) estarán exonerados del pago de este impuesto sin necesidad de presentar solicitud.
  • Esta exoneración también aplica a predios rurales destinados a vivienda con avalúos iguales o menores a 63 SMMLV.

Para más información, visite el portal tributario o consulte las redes sociales de la Secretaría de Hacienda en Facebook o Instagram.

Para mayor información sobre las fechas y plazos para la radicación de solicitudes de otro tipo de bienes revise el siguiente enlace

 

  • Los contribuyentes tienen plazo para radicar la solicitud correspondiente a Bienes de Interés Cultura (BIC) y para los planes de exaltación de patrimonio cultural, hasta el 15 de septiembre de 2024.
  • Consulte información a través del portal tributario y en las redes sociales de la Secretaría de Hacienda en Facebook o Instagram.

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