La Corte instó al Congreso y al Gobierno Nacional a regular la protección de los derechos laborales de los deportistas ante lesiones que impiden su actividad competitiva.
En una reciente sentencia, la Corte Constitucional de Colombia amparó el derecho al debido proceso de un futbolista, Luis, quien había demandado a su club tras ser despedido mientras se recuperaba de un accidente laboral. La Corte pidió al Congreso y al Gobierno que establezcan regulaciones específicas para salvaguardar los derechos laborales de los deportistas profesionales frente a lesiones ocupacionales.
La Corte Constitucional, en la sentencia SU-396/24, abordó el caso de Luis, un futbolista que, tras ser despedido por su club en noviembre de 2014, argumentó que su despido fue injustificado, dado que aún no se había recuperado de las secuelas de un accidente laboral. En primera y segunda instancia, los jueces laborales negaron la estabilidad laboral reforzada del jugador, lo que llevó a una revisión por parte de la Corte Suprema de Justicia.
En marzo de 2023, la Corte Suprema revocó la decisión inicial, declarando ineficaz el despido sin justa causa y ordenando el reintegro de Luis al club. Sin embargo, la situación se complicó cuando el club presentó una tutela, alegando violación del debido proceso. La Corte de Tutelas negó esta solicitud.
En su fallo, la Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que la Sala de Descongestión no cometió errores sustanciales en su evaluación del caso. La Corte destacó que se valoraron adecuadamente las pruebas sobre la salud del futbolista y que se consideraron las secuelas de su accidente, las cuales aún requerían tratamiento y seguimiento.
No obstante, la Corte sí encontró un defecto en la orden de reintegro, señalando que no se consideraron las condiciones físicas del jugador para la reintegración. Por ello, se instó a la Sala de Descongestión a realizar un nuevo análisis sobre este aspecto en un plazo de 30 días.
Detalles de fondo
La sentencia resalta la necesidad urgente de un marco legal que proteja a los deportistas profesionales en Colombia, considerando sus particularidades ocupacionales y los riesgos asociados a lesiones físicas que pueden derivar en la inhabilitación para la práctica deportiva. La Corte enfatizó que estas regulaciones deben contemplar la estabilidad laboral reforzada y evitar sanciones desproporcionadas a los clubes.
“La práctica del fútbol profesional exige condiciones de salud óptimas. La falta de una regulación clara puede dejar desprotegidos a los deportistas en situaciones de vulnerabilidad”, afirmaron los magistrados en la sentencia.
Con la decisión de la Corte, se abre un camino hacia la protección de los derechos laborales de los futbolistas en Colombia. El llamado a la acción por parte del Congreso y el Gobierno Nacional es un paso crucial para garantizar que los deportistas reciban la protección que merecen ante los riesgos de su profesión.
Información adicional
La magistrada Natalia Ángel Cabo emitió un salvamento de voto, mientras que el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo y la magistrada Cristina Pardo Schlesinger realizaron aclaraciones sobre su voto, lo que indica la diversidad de opiniones en la Corte respecto a este importante asunto.