La Corte Constitucional de Colombia reafirma que el delito de desaparición forzada debe ser investigado y juzgado por la justicia ordinaria, excluyendo jurisdicciones especiales. Este pronunciamiento se dio tras el caso de Eduardo y Luis, condenados por la autoridad indígena del Resguardo Yaquivá, evidenciando la vulneración de sus derechos al no permitirles una defensa adecuada.

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