En una reciente decisión, la Corte Constitucional abrió un incidente de desacato contra el ministro de Salud, tras detectar fallas en la suficiencia de los presupuestos máximos destinados a la financiación del sistema de salud. La sentencia afecta a millones de colombianos y pone en riesgo la estabilidad de las EPS.

El 13 de diciembre de 2024, la Corte Constitucional declaró el incumplimiento general del componente de suficiencia de los presupuestos máximos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Este fallo abre un incidente de desacato contra el ministro de Salud por no cumplir con las órdenes relacionadas con los presupuestos del sistema.
La Corte Constitucional abre incidente de desacato al ministro de Salud
El pasado 13 de diciembre, la Corte Constitucional de Colombia, a través del Auto 2049 de 2024, emitió una dura advertencia al ministro de Salud y Protección Social por no cumplir con las órdenes relacionadas con los presupuestos máximos destinados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. El fallo, que hace seguimiento a la histórica Sentencia T-760 de 2008, señala que el gobierno no ha tomado las acciones necesarias para asegurar la suficiencia de los recursos destinados a financiar servicios de salud dentro del Plan de Beneficios en Salud (PBS).
El incumplimiento y sus repercusiones
El fallo de la Corte revela que, a pesar de la autorización del Consejo Superior de Política Fiscal (Confis) para reajustar los presupuestos en 2023, los recursos correspondientes al ajuste de los presupuestos máximos de la vigencia 2022, por un valor de $819 mil millones, no han sido transferidos por el Ministerio de Hacienda. Este incumplimiento afectó gravemente la capacidad del Ministerio de Salud para garantizar la financiación de los servicios de salud, especialmente aquellos fuera de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
El auto también deja claro que, a pesar de las adiciones presupuestarias, los recursos asignados no fueron suficientes para cubrir los gastos del segundo semestre de 2024. La Corte advirtió que la falta de un mecanismo unificado para definir y reajustar estos presupuestos, como lo había ordenado previamente, agrava la situación. La insuficiencia de los presupuestos pone en riesgo la viabilidad financiera de las EPS y compromete el derecho a la salud de millones de colombianos.
Ordenes clave de la Corte
La Corte Constitucional impuso una serie de órdenes al Ministerio de Salud para corregir la situación. Entre ellas, destaca la exigencia de que se paguen los presupuestos máximos reconocidos para los periodos de julio, agosto, septiembre y octubre de 2024 antes de finalizar enero de 2025. Además, se le requiere que expida los presupuestos máximos correspondientes a 2025, garantizando que los pagos se realicen puntualmente en los primeros días de cada mes.
La Corte también instó al Ministerio de Hacienda a transferir los recursos necesarios para garantizar el cumplimiento de estas medidas. De no hacerlo, se enfrentarían a sanciones adicionales, incluida la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación por posible fraude a resolución judicial.
Desafíos financieros del sistema de salud
El contexto de esta disputa está relacionado con las tensiones financieras que atraviesa el Sistema General de Seguridad Social en Salud de Colombia. Los presupuestos máximos, que son los montos que el gobierno paga a las EPS para financiar los servicios de salud fuera de la UPC, han sido una fuente constante de controversia. A pesar de la insistencia de la Corte Constitucional para corregir los déficits, la ejecución de los recursos ha sido tardía y fragmentada, lo que afecta la calidad y accesibilidad de los servicios.
Impacto en los usuarios del sistema de salud
Para los colombianos, esta crisis de financiamiento no es solo un tema administrativo; se traduce en la falta de acceso oportuno a servicios médicos esenciales. La escasez de recursos suficientes para cubrir los servicios fuera de la UPC puede afectar procedimientos médicos, medicamentos y tratamientos vitales que muchos pacientes requieren urgentemente. Esta situación podría generar un deterioro en la calidad de atención, especialmente en regiones donde las EPS enfrentan mayores dificultades económicas.
Los próximos pasos
El Ministerio de Salud tiene hasta el 30 de enero de 2025 para cumplir con las órdenes de la Corte, un plazo que será clave para garantizar que los pagos se realicen sin mayores demoras. La falta de acción podría desencadenar medidas más severas, incluida la intervención por parte de la Fiscalía General.
De continuar con el incumplimiento, el gobierno podría enfrentar una creciente presión tanto política como social, dado que el derecho a la salud es uno de los pilares fundamentales del Estado de bienestar en Colombia. Además, las EPS podrían estar en una situación aún más crítica, lo que afectaría directamente la atención médica de millones de afiliados.
Contexto adicional
La Sentencia T-760 de 2008, que sigue siendo un referente en la legislación del sistema de salud, aborda las fallas estructurales y la insuficiencia de recursos en el sistema de salud colombiano. La Corte ha venido realizando un seguimiento exhaustivo a la implementación de las órdenes emitidas en esa sentencia, que incluyen la garantía de suficiencia de los presupuestos máximos para la financiación de servicios fuera de la UPC.
«La demora en el pago y en la implementación de medidas que permitan superar la insuficiencia de recursos pone en riesgo la sostenibilidad financiera de las EPS y el goce efectivo del derecho a la salud de los afiliados al sistema», destacó la Corte en su fallo.
El incumplimiento por parte del gobierno no solo es una violación a las decisiones judiciales, sino que pone en juego la estabilidad de un sistema de salud que ya enfrenta enormes desafíos. Si bien la Corte ha dado un ultimátum, el verdadero reto será garantizar que los recursos necesarios lleguen a tiempo y que se tomen medidas efectivas para corregir las fallas estructurales del sistema. La salud de millones de colombianos está en juego.
Información adicional
Glosario jurídico:
Órdenes 21 y 22 de la Sentencia T-760 de 2008: persiguen materializar la unificación de planes de beneficios y garantizar la suficiencia de los mecanismos de financiación de los servicios PBS, es decir, la UPC y los presupuestos máximos.
Presupuestos Máximos: son los valores que paga el Gobierno a las EPS para que estas financien servicios y tecnologías en salud que se encuentran dentro del Plan de Beneficios en Salud, pero que no se pagan con los recursos de la Unidad de Pago por Capitación.
Unidad de Pago por Capitación (UPC): es el valor que paga el Ministerio de Salud a las EPS, por el aseguramiento en salud de cada colombiano. Con este valor se financian la mayoría de servicios y tecnologías en salud incluidos en el Plan de Beneficios en Salud.
PBS no UPC: servicios de Plan de Beneficios en Salud no cubiertos con cargo a la Unidad de Pago por Capitación.
Plan de Beneficios en Salud (PBS): es el conjunto de servicios de salud (procedimientos, medicamentos, exámenes de laboratorio, imágenes diagnósticas y tecnologías) que las EPS deben garantizar a todas las personas afiliadas al sistema de salud.
¿Qué opinas de la situación que enfrenta el sistema de salud en Colombia? ¿Crees que el gobierno tomará las medidas necesarias para evitar un colapso en las EPS? Comparte tus pensamientos en los comentarios.
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