Inconstitucionalidad en la Extinción de Dominio: La Corte Frena Reformas Controversiales

Tiempo de lectura: 2 minutosLa Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucionales los cambios al régimen de extinción de dominio en el Plan Nacional de Desarrollo, aduciendo falta de conexión con las políticas públicas y subrayando la necesidad de un debate legislativo adecuado.

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La Corte Constitucional de Colombia ha declarado inconstitucionales los cambios permanentes al régimen de extinción de dominio incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo, argumentando que vulneran el principio de unidad de materia y el debate legislativo adecuado.

Inconstitucionalidad en la Extinción de Dominio: La Corte Frena Reformas Controversiales

En un fallo emitido el 10 de octubre de 2024, la Corte resolvió que los artículos 211 y 212 de la Ley 2294 de 2023, que establecían nuevas medidas en la extinción de dominio, carecen de conexión con las políticas de desarrollo y deben ser tramitados por el Congreso de manera independiente.

La Corte Constitucional de Colombia ha declarado inexequibles los artículos 211 y 212 de la Ley 2294 de 2023, que introducían modificaciones al régimen de extinción de dominio, alegando que estos cambios son estructurales y permanentes, en contravención al principio constitucional de unidad de materia. La decisión, tomada en la sentencia C-430/24, establece que las medidas propuestas no están directamente relacionadas con las políticas gubernamentales del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, lo que requiere su tramitación a través del procedimiento legislativo ordinario.

La Corte argumentó que estos artículos no solo carecen de conexión con las estrategias de desarrollo, sino que también introducen medidas que no son necesarias para la planificación del país, lo que resulta en una «elusión material» del debate legislativo en un área que necesita una regulación permanente. «Las modificaciones al régimen de extinción de dominio requieren un tratamiento legislativo distinto y no pueden ser aprobadas como parte del plan nacional», señaló el magistrado ponente Antonio José Lizarazo Ocampo.

La sentencia también determina que para evitar un impacto desproporcionado en la lucha contra el crimen, los efectos de la declaración de inexequibilidad se diferirán hasta el 20 de junio de 2025, permitiendo así que el Gobierno y el Congreso puedan tramitar las reformas necesarias en el régimen de extinción de dominio. Este aplazamiento garantizará que los bienes relacionados continúen bajo la administración estatal durante este periodo.

El magistrado Juan Carlos Cortés González expresó su disenso en el fallo, indicando que considera necesario un análisis más detallado sobre los aspectos legales involucrados.

La decisión subraya la importancia de un proceso legislativo transparente y adecuado en la implementación de políticas que afectan la propiedad y los derechos ciudadanos en Colombia, y abre el camino para futuras reformas en el manejo de la extinción de dominio.

Detalles de fondo:

Los artículos 211 y 212 de la Ley 2294 de 2023 se consideraron problemáticos porque introdujeron cambios estructurales al régimen de extinción de dominio, un tema que, según la Corte, requiere una regulación más profunda y no puede ser abordado dentro del marco del Plan Nacional de Desarrollo, que se centra en la planificación y ejecución de políticas públicas de inversión.

«Las modificaciones al régimen de extinción de dominio requieren un tratamiento legislativo distinto y no pueden ser aprobadas como parte del plan nacional», afirmó el magistrado ponente Antonio José Lizarazo Ocampo. El magistrado Juan Carlos Cortés González aclaró su voto, indicando la necesidad de un análisis más profundo.

La Corte Constitucional ha reafirmado la importancia de seguir los procedimientos legislativos adecuados para abordar temas cruciales como la extinción de dominio, permitiendo así que el Gobierno y el Congreso tengan la oportunidad de tramitar reformas significativas antes de que se revoquen las disposiciones cuestionadas.


Información adicional:

Esta decisión se enmarca en un contexto más amplio de reformas y discusiones sobre la extinción de dominio en Colombia, un tema relevante para la lucha contra el crimen organizado y la gestión de bienes derivados de actividades ilícitas.

A continuación puede leer el comunicado oficial o descargar el PDF

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