diálogo constitucional que se realizará, mañana, en el auditorio Mario Laserna de la Universidad de Los Andes. Temática: ¿Saben cuándo se creó por primera vez el control de constitucionalidad en Colombia?

¿Cuándo Nació el Control de Constitucionalidad en Colombia? La Historia que Pocos Conocen y que Cambió el País para Siempre

Este 11 de agosto, la Corte Constitucional y la Universidad de los Andes revelan los orígenes del control constitucional en Colombia. Descubre cómo una reforma de 1910 sentó las bases del Estado de Derecho moderno.

diálogo constitucional que se realizará, mañana, en el auditorio Mario Laserna de la Universidad de Los Andes. Temática: ¿Saben cuándo se creó por primera vez el control de constitucionalidad en Colombia?

La Corte Constitucional y la Universidad de los Andes celebrarán el 11 de agosto un Diálogo Constitucional sobre el nacimiento del control de constitucionalidad en Colombia, tras la reforma de 1910. El evento, abierto al público, se realizará en el Auditorio Mario Laserna y será transmitido en vivo. Expertos analizarán cómo la Corte Suprema de Justicia pasó a ser guardiana de la Constitución.


🔍 ¿Qué es el Control de Constitucionalidad y Por Qué Debería Importarte?

Imagina un país donde las leyes pueden violar la Constitución sin que nadie las detenga. No hay límites al poder del Congreso, ni garantías para los derechos fundamentales. Ese fue, en gran medida, el panorama colombiano antes de 1910.

Hoy, gracias al control de constitucionalidad, cualquier ciudadano puede impugnar una ley que considere inconstitucional. Este mecanismo es uno de los pilares del Estado de Derecho. Y su origen en Colombia tiene fecha exacta: 1910, con el Acto Legislativo 03 de 1910.

Este 11 de agosto, la Corte Constitucional y la Universidad de los Andes se unen para desentrañar esta historia en un evento académico sin precedentes: el Diálogo Constitucional: una construcción colectiva.


📅 Un Evento Histórico: Diálogo Constitucional en el Auditorio Mario Laserna

“La Corte Suprema de Justicia será la guardiana de la Constitución”
— Acto Legislativo 03 de 1910

El próximo 11 de agosto de 2025, a partir de las 7:30 a.m., el Auditorio Mario Laserna de la Universidad de los Andes en Bogotá será el escenario de un profundo análisis sobre los orígenes del control constitucional en Colombia.

Este evento forma parte de una ruta de Diálogos Constitucionales que la Corte ha venido desarrollando en diferentes ciudades del país, con el objetivo de reivindicar la historia constitucional colombiana y acercarla a la ciudadanía.

📌 Datos clave del evento:


🏛️ El Acto Legislativo de 1910: El Punto de Inflexión del Estado de Derecho

Antes de 1910, Colombia vivía bajo la Constitución de 1886, un texto centralista que concentraba poder en el Ejecutivo. Aunque establecía un marco legal, no existía un mecanismo claro para revisar si las leyes cumplían con la Constitución.

Eso cambió con el Acto Legislativo 03 de 1910, una reforma histórica que introdujo transformaciones profundas:

  • Supremacía de la Constitución: Se estableció que ninguna ley podía estar por encima de la Carta Magna.
  • Elección popular directa del Presidente: Fin de las elecciones indirectas.
  • Reducción del periodo presidencial: De seis a cuatro años.
  • Control jurisdiccional de constitucionalidad: La Corte Suprema de Justicia fue designada como la encargada de proteger la Constitución.

“A partir de 1910, cualquier ciudadano podía acusar una ley o decreto ante la Corte Suprema por considerarlo inconstitucional”
— Boletín de Prensa N. 143, Corte Constitucional

Este fue el primer paso hacia el control de constitucionalidad en Colombia, aunque el sistema actual —con la Corte Constitucional como órgano especializado— no llegaría hasta 1991.


🧠 ¿Qué se Analizará en el Diálogo Constitucional?

El evento contará con conferencias, paneles y debates liderados por magistrados, académicos y estudiantes. Aquí los temas centrales:

📌 Conferencia 1: Transformaciones del Acto Legislativo de 1910

  • Conferencista: James Iván Coral Lucero (Pontificia Universidad Javeriana de Cali)
  • Enfocada en los cambios territoriales y administrativos que acompañaron la reforma constitucional.

📌 Conferencia 2: La Reforma de 1910 y el Republicanismo

  • Conferencista: Antonio Felipe Barreto Rozo (Uniandes)
  • Un recorrido por el contexto político e ideológico del cambio, y cómo se redefinió el republicanismo colombiano.

📌 Panel 1: ¿Qué es la Supremacía Constitucional?

  • Panelistas:
    • Hernán Correa Cardozo (Magistrado auxiliar, Corte Constitucional)
    • Esteban Restrepo Saldarriaga (Profesor, Uniandes)
    • Alejandro Linares Cantillo (Expresidente de la Corte Constitucional)
    • Ana María Pineda (Estudiante, Semillero de Público Administrativo)
  • Moderador: Felipe Mendoza Rojas (Magistrado auxiliar)

“La supremacía constitucional no es solo un principio jurídico, es una promesa de equilibrio entre el poder y los derechos”
— Fragmento anticipado del debate

📌 Panel 2: Evolución del Control de Constitucionalidad

  • Panelistas:
    • Jorge Enrique Ibáñez Najar (Presidente de la Corte Constitucional)
    • Diego López Medina (Profesor, Uniandes)
    • Juan Carlos Esguerra Portocarrero (Delegatario de la Asamblea Constituyente)
    • Martín Rodríguez Cubillos (Estudiante, SPA)
  • Moderadora: Lina Marcela Escobar (Magistrada, Corte Constitucional)

📌 Conferencia 3: El Control Judicial de Constitucionalidad

  • Conferencista: Natalia Ángel Cabo (Magistrada, Corte Constitucional)
  • Análisis del rol actual del juez constitucional y su evolución desde 1910 hasta la Constitución de 1991.

📚 Detalles de Fondo: Del Control en la Corte Suprema a la Corte Constitucional

Aunque el Acto Legislativo de 1910 creó el primer mecanismo de control, la Corte Suprema de Justicia no estaba diseñada para ser un tribunal constitucional especializado. Su carga procesal era enorme, y muchas veces el control quedaba en teoría.

Fue con la Constitución de 1991 cuando se creó la Corte Constitucional, un órgano independiente con funciones específicas:

  • Revisión de leyes estatutarias
  • Tutela de derechos fundamentales
  • Control de constitucionalidad de leyes y decretos
  • Jurisprudencia vinculante

“El control de constitucionalidad no nació en 1991, sino que maduró en 1991”
— Comentario recurrente en círculos jurídicos

La reforma de 1910 fue, por tanto, la semilla. La de 1991, el árbol.


Jorge Enrique Ibáñez Najar, Presidente de la Corte Constitucional:
“Este diálogo es una oportunidad para reconocer que la defensa del orden constitucional no es tarea de unos pocos, sino de toda la sociedad.”

Alejandro Linares Cantillo, Expresidente de la Corte Constitucional:
“En 1910 se sembró la idea de que el poder debe rendir cuentas. Hoy, seguimos cosechando justicia.”

Natalia Ángel Cabo, Magistrada:
“El control judicial no es una intervención, es una garantía. Sin él, no hay democracia.”


🔮 Una Construcción Colectiva que Continúa

El control de constitucionalidad no fue un invento de un día. Fue, y sigue siendo, una construcción colectiva, como bien lo define el título del evento. Desde 1910 hasta hoy, jueces, ciudadanos, académicos y activistas han fortalecido este mecanismo.

El diálogo del 11 de agosto no es solo un homenaje al pasado. Es una invitación a participar en el presente. Porque la Constitución no vive en los libros: vive en las decisiones, en los debates, en la exigencia ciudadana.


💡 Información Adicional: Curiosidades que No Sabías

  • 🇨🇴 El Acto Legislativo de 1910 fue aprobado durante el gobierno de Carlos Eugenio Restrepo, un presidente del Partido Republicano que buscaba modernizar el Estado.
  • 🎓 La Universidad de los Andes, sede del evento, fue fundada en 1948 y ha sido pionera en estudios constitucionales en Colombia.
  • 📺 El evento será transmitido en vivo y quedará disponible en el canal de YouTube de la Corte, ideal para estudiantes, juristas y ciudadanos.
  • 🧑‍🎓 Participan estudiantes del Semillero de Público Administrativo (SPA), mostrando que las nuevas generaciones están en el centro del debate constitucional.

📣 ¡Tu Voz Cuenta! Participa en el Diálogo

¿Qué piensas del control de constitucionalidad en Colombia?
¿Crees que los ciudadanos deberían tener más herramientas para impugnar leyes?
¿Cómo imaginas el futuro del Estado de Derecho?

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👉 Invita a otros a conocer esta historia que nos define como nación.


Anexo: Ensayo Libre

“El Control de Constitucionalidad en Colombia: Entre el Legado Histórico y el Futuro del Estado de Derecho”


Un Mecanismo Vivo, No una Reliquia del Pasado

El control de constitucionalidad no es un simple trámite jurídico. Es el corazón palpitante del Estado de Derecho. Es la herramienta que permite a un ciudadano común cuestionar al poder más alto del país: el Congreso. Es el freno que evita que la mayoría legislativa anule los derechos de las minorías. Y en Colombia, su origen no se remonta al año 1991 —como muchos creen—, sino a un momento menos celebrado, pero profundamente transformador: 1910.

El próximo 11 de agosto de 2025, la Corte Constitucional y la Universidad de los Andes convocan a un diálogo que trasciende el ámbito académico: ¿Saben cuándo se creó por primera vez el control de constitucionalidad en Colombia? Esta pregunta, aparentemente simple, desentraña una historia olvidada, llena de matices, contradicciones y avances silenciosos que sentaron las bases de la democracia que hoy vivimos.

Este ensayo explora ese legado, analiza su evolución y reflexiona sobre su significado en una Colombia que hoy exige más que nunca transparencia, rendición de cuentas y protección de los derechos fundamentales.


1910: El Nacimiento Discreto del Control Constitucional

Antes del Acto Legislativo 03 de 1910, Colombia carecía de un mecanismo formal para revisar la constitucionalidad de las leyes. La Constitución de 1886, aunque establecía un orden jurídico, no preveía un órgano encargado de garantizar su supremacía. El poder legislativo actuaba con relativa impunidad, y el Ejecutivo concentraba una influencia desmedida.

La reforma de 1910 cambió ese escenario de forma sutil, pero irreversible. Aprobada durante el gobierno de Carlos Eugenio Restrepo, esta reforma no solo redujo el periodo presidencial de seis a cuatro años y estableció la elección directa del presidente, sino que, por primera vez, declaró que la Corte Suprema de Justicia sería la “guardiana de la Constitución”.

Este fue un giro radical. No se trataba de una mera declaración simbólica: se creó un mecanismo de control jurisdiccional que permitía a cualquier ciudadano acusar una ley o decreto de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema. Era, en esencia, el nacimiento del control difuso de constitucionalidad en Colombia.

“La Constitución es la ley suprema; ninguna ley, decreto ni acto de autoridad que la contravenga tendrá efecto”
— Acto Legislativo 03 de 1910

Este principio, hoy tan natural, fue en su momento una ruptura con el autoritarismo del pasado. No obstante, su implementación fue limitada. La Corte Suprema, con funciones penales, civiles y administrativas, no tenía la estructura ni la especialización necesarias para ejercer este control con eficacia. El mecanismo existía, pero no funcionaba plenamente.


De 1910 a 1991: Una Evolución Lenta, pero Inevitable

Durante el siglo XX, el control de constitucionalidad avanzó a pasos lentos. Hubo momentos clave:

  • 1936: Reforma que fortaleció el papel de la Corte Suprema, aunque sin crear un tribunal constitucional independiente.
  • 1957: Durante el Frente Nacional, se intentó crear un tribunal especializado, pero el proyecto no prosperó.
  • 1968: Se creó la figura de la acción pública de inconstitucionalidad, permitiendo a más actores impugnar normas.

Pero fue con la Constitución de 1991 cuando el control de constitucionalidad alcanzó su madurez. La creación de la Corte Constitucional como órgano autónomo, con jueces especializados y mecanismos como la tutela, transformó radicalmente el sistema.

La Corte Constitucional no solo revisa leyes: protege derechos fundamentales en tiempo real, interpreta la Carta Política y actúa como contrapeso del poder político. Su jurisprudencia ha sido clave en temas como derechos humanos, medio ambiente, salud y participación ciudadana.

Sin embargo, esta evolución no fue un salto, sino una escalera cuyos primeros peldaños se colocaron en 1910.


El Diálogo Constitucional: Más que un Evento, una Reivindicación Histórica

El diálogo del 11 de agosto no es solo un acto conmemorativo. Es una reivindicación histórica. Durante décadas, el Acto Legislativo de 1910 ha sido minimizado en los libros de texto, eclipsado por la grandeza simbólica de 1991. Pero como bien señala el boletín de prensa de la Corte Constitucional, “el control de constitucionalidad comenzó en 1910”.

Este evento cumple varias funciones esenciales:

  1. Reparar la memoria histórica: Reconocer que el Estado de Derecho no nació de la nada, sino que fue construido paso a paso.
  2. Democratizar el conocimiento jurídico: Al abrir el debate a estudiantes, ciudadanos y medios, se rompe el monopolio académico del derecho constitucional.
  3. Fortalecer la legitimidad del sistema: Cuando la gente entiende de dónde vienen sus derechos, los defiende con más convicción.

Además, la participación de estudiantes del Semillero de Público Administrativo (SPA) es un símbolo poderoso: las nuevas generaciones no solo asisten, sino que co-construyen el debate constitucional.


Desafíos Actuales: ¿Está en Riesgo el Control de Constitucionalidad?

A pesar de sus avances, el control de constitucionalidad enfrenta desafíos serios:

  • Políticas públicas que ignoran sentencias: En temas como medio ambiente o derechos indígenas, hay una brecha entre lo que ordena la Corte y lo que ejecuta el gobierno.
  • Presión sobre la Corte: En momentos de crisis, se escuchan voces que cuestionan la legitimidad de los magistrados constitucionales.
  • Desigualdad en el acceso a la justicia: No todos los ciudadanos pueden ejercer el control constitucional con la misma facilidad.

El diálogo del 11 de agosto no puede quedarse en la historia. Debe ser un punto de partida para fortalecer el presente. ¿Cómo garantizar que el control de constitucionalidad siga siendo efectivo? ¿Cómo hacerlo más accesible? ¿Cómo protegerlo de los ataques al poder judicial?


Una Construcción Colectiva, No un Monumento de Piedra

El control de constitucionalidad no es un monumento histórico. Es una construcción colectiva, como bien lo define el título del evento. Y como toda construcción, requiere mantenimiento, reparaciones y ampliaciones.

El Acto Legislativo de 1910 fue el primer ladrillo. La Constitución de 1991 levantó la estructura. Hoy, nos toca a todos —ciudadanos, jueces, estudiantes, periodistas— asegurar que este edificio no se derrumbe.

Asistir al diálogo constitucional, seguirlo en vivo, debatirlo en redes, enseñarlo en las escuelas: todas estas acciones son formas de cuidar la Constitución. Porque, al final, el verdadero guardián de la Carta Magna no es un tribunal, sino la conciencia constitucional de un pueblo.

“El control de constitucionalidad no se ejerce solo en las salas de audiencias. Se ejerce en las calles, en las aulas, en los hogares, cuando un ciudadano dice: ‘esta ley no es justa, y voy a impugnarla’.”

Author: webmaster
Periodista y editor independiente, fundador de mi Manizales del Alma! (2000), portal que mezcla noticias institucionales, memoria local y narrativas experimentales. Su trabajo cruza la claridad informativa con la sátira y la crónica, siempre con Manizales y Caldas como escenario.

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