Corte Constitucional frena desafiliación en salud y reivindica el rol de las mujeres cuidadoras

El alto tribunal ordenó restablecer el acceso a salud de una adulta mayor y protegió su derecho al cuidado digno.

Una decisión de la Corte Constitucional ordenó restablecer el acceso al servicio especial de salud de una mujer de 71 años, retirada tras décadas de afiliación, al concluir que una universidad valoró de forma errónea su situación económica, afectando su salud, su seguridad social y la relación de cuidado que mantiene con su hijo en condición de discapacidad.


Un retiro que puso en riesgo la dignidad ⚖️

Martha, adulta mayor y cuidadora principal de su hijo en situación de discapacidad, acudió a la acción de tutela luego de ser desafiliada del servicio especial de salud al que pertenecía como beneficiaria de su esposo, Pedro, vínculo que había mantenido durante varios años.

La decisión administrativa se sustentó en un argumento técnico: la Universidad consideró que Martha había perdido su condición de beneficiaria al realizar cotizaciones como trabajadora independiente, lo que, a su juicio, desvirtuaba la dependencia económica exigida.


La Corte: el análisis fue desconectado de la realidad 🧩

La Sala Séptima de Revisión, integrada por las magistraturas de Paola Andrea Meneses Mosquera, Carlos Camargo Assis y Héctor Alfonso Carvajal Londoño, concluyó que dicha valoración no correspondía a la realidad socioeconómica de la accionante.

Para el alto tribunal, las cotizaciones realizadas por Martha no respondían a una condición de solvencia, sino a:

  • El temor de perder su afiliación como beneficiaria
  • La presunta necesidad de corregir un incumplimiento tributario
  • La ausencia de orientación institucional clara
  • La falta de acompañamiento por parte de la entidad accionada

La Universidad optó por la medida más gravosa, sin agotar alternativas menos lesivas para una mujer adulta mayor.


Cuando se desconoce el cuidado, se vulneran derechos 👵♿

La Corte advirtió que la desafiliación no solo afectó el acceso a la salud de Martha, sino que impactó directamente la relación de cuidado con su hijo, invisibilizando un rol históricamente asumido por las mujeres.

El fallo subrayó que ni la entidad accionada ni los jueces de instancia evaluaron de manera adecuada que Martha:

  • Es mujer adulta mayor
  • Ha dedicado gran parte de su vida al cuidado no remunerado
  • Atiende a una persona con discapacidad diagnosticada
  • Presenta deterioro en su propia salud producto del tiempo y las labores de cuidado

Derechos protegidos por la Corte 🛡️

La Sala amparó de manera expresa los derechos fundamentales de Martha a:

  • La salud
  • La seguridad social
  • La vida en condiciones dignas
  • El cuidado, entendido como una relación protegida constitucionalmente

Órdenes y exhortos con enfoque de género ⚠️

Como resultado, la Corte ordenó:

  • Reafiliar a Martha como beneficiaria del servicio especial de salud
  • Restablecer el acceso integral al sistema administrado por la Universidad

Además, el tribunal exhortó a:

  • Entidades administrativas
  • Jueces de instancia
  • Autoridades judiciales en general

a garantizar la equidad de género y la no discriminación en el análisis de trámites administrativos y decisiones judiciales, especialmente cuando estén involucradas personas cuidadoras.


Una aclaración de voto 📌

El magistrado Carlos Camargo Assis presentó aclaración de voto frente a la decisión adoptada por la Sala.


Más allá del caso: un mensaje estructural

La Sentencia T-435 de 2025 se suma a la jurisprudencia constitucional que reconoce el cuidado como una actividad esencial para la vida social y exige que las instituciones evalúen contextos reales, no supuestos administrativos, cuando están en juego derechos fundamentales de personas mayores y cuidadoras.

Author: webmaster
Periodista y editor independiente, fundador de mi Manizales del Alma! (2000), portal que mezcla noticias institucionales, memoria local y narrativas experimentales. Su trabajo cruza la claridad informativa con la sátira y la crónica, siempre con Manizales y Caldas como escenario.

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